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08/04/2024

convocatoria de las subvenciones para la dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas del Principado de Asturias a través del Bono Comercio Asturias.

Extracto de la Resolución de 23 de marzo de 2024, de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, por la que se autoriza la convocatoria de las subvenciones para la dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas del Principado de Asturias a través del Bono Comercio Asturias.

Plazo de realización de las actuaciones: Los bonos podrán canjearse en los establecimientos adheridos al programa desde el 1 de mayo al 30 de junio de 2024. En el supuesto de que resulte procedente la apertura de un nuevo período de canje, los bonos podrán ser asimismo canjeados entre el 1 de octubre y el 20 de noviembre de 2024.

Plazo de presentación de solicitudes: El plazo para la descarga de los bonos por las personas usuarias será de 15 días a contar desde el 1 de mayo de 2024, salvo que antes de expirado el mencionado plazo se hayan agotado las existencias de bonos por el importe de 2.000.000 €, o el importe ampliado, en su caso.

El plazo de adhesión de los establecimientos comerciales al programa será de quince días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, sin perjuicio de su posible ampliación en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En caso de que resulte procedente la apertura de un nuevo período de descarga, este se prolongará por 15 días a contar desde el 1 de octubre de 2024, salvo que antes de expirado el mencionado plazo se hayan agotado las existencias de bonos por el importe que se determine, que será el correspondiente a la cuantía de los bonos no utilizados en el anterior período de canje, o el importe ampliado, en su caso.


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